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Noticias Política3D: La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó la reforma del Estatuto Docente

Las modificaciones fueron aprobadas con 32 votos positivos de VJ, UCR, PS y RU y 27 votos negativos de FdT, LLA, FIT y CF, luego de un debate en el que participaron Diputados de todos los bloques.

En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el Parlamento Porteño aprobó en la sesión ordinaria de este jueves presidida por el Vice 1° Emmanuel Ferrario una serie de modificaciones y agregados al Estatuto Docente de la Ciudad con el objetivo de fortalecer la carrera educativa, mediante cursos de ascensos, capacitación e incentivos que ponderen el trabajo de enseñanza en las aulas.

Las modificaciones al Estatuto del Docente fueron aprobadas con 32 votos positivos de VJ, UCR, PS y RU y 27 votos negativos de FdT, LLA, FIT y CF, luego de un debate en el que participaron diputados de todos los bloques.

Cabe destacar que la norma detalla en su primer artículo que “la finalidad de la ley es promover la actualización, formación continua y desarrollo profesional de los/las docentes” y agrega en su art. 2do que “tiene como objeto fortalecer la carrera docente a través de la incorporación de oportunidades de desempeño en el aula”.

A su vez, el texto sobre las bancas, con despacho de mayoría de las comisiones de Educación, Legislación del trabajo y Presupuesto tuvo 33 artículos y 17 cláusulas transitorias.

Asimismo, las modificaciones al Estatuto también definen a la carrera docente como “el recorrido que se inicia con el ingreso por el cargo de menor jerarquía de los escalafones y la posibilidad posterior de ascender a través de cargos de desempeño en el aula, de coordinación, de conducción o de supervisión”.

Se declaró como Personalidades Destacadas a Docentes que se desempeñaron en las Islas Malvinas

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño y por iniciativa del bloque UCR/Ev, se declaró Personalidades Destacadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Educación a María Teresa Cañás, María Fernanda Cañás, Marta Grace Tricotti, Teresa Volpe, María Eugenia Grecco, Lilian García, Nora Prietto, Maurice Mathews, Alicia Zapata, María Isabel Hoffmann y María Alejandra Hills. Todas ellas se desempeñaron como docentes de español y agentes culturales exteriores en las Islas Malvinas desde el año 1972 y hasta el final de la guerra de 1982, como consecuencia de acuerdos diplomáticos de intercambio cultural anglo-argentinos gestados durante la presidencia de Arturo Illia.

A su vez, cabe destacar que ese personal docente enviado a las islas (con mayoría de residentes en la Ciudad de Buenos Aires) fue protagonista de difundir, transmitir y enarbolar el idioma castellano en los alumnos de los colegios primario Stanley Juniors School y secundarios Sr. Paul Gaskin y Community School. También comenzaron a transmitir, educar e internalizar nuestra lengua al personal del hospital, al pastor anglicano y a diferentes estratos etarios y sociales, a través de la radio isleña.

Se dispuso la prórroga de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ratificó el decreto de necesidad y urgencia (DNU 4/2022) del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Horario Rodríguez Larreta, por el cual se dispuso la prórroga de la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19 hasta el 31 de mayo de 2022.

Se aprobó un proyecto sobre “Procedimiento para disposición de vehículos acarreados y no retirados”

En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y con despacho de la Comisión de Tránsito y Transporte, el Parlamento Porteño aprobó un proyecto del Poder Ejecutivo sobre “Procedimiento para disposición de vehículos acarreados y no retirados”. También se actualizó la normativa sobre disposición de los vehículos acarreados y no recuperados por sus propietarios.

Se legisló lo siguiente: “Transcurridos 10 días hábiles desde la guarda del vehículo acarreado y no retirado por cualquiera de las razones establecidas en el Servicio de Grúas, se librará notificación al titular dominial para que proceda a su retiro del lugar en que se hubiera dispuesto su guarda, dentro de los 15 días hábiles desde la fecha de su notificación, bajo apercibimiento de considerar al vehículo como abandonado (…).

“Antes del vencimiento de dicho plazo, el titular o quien acredite la posesión y/o un interés legítimo sobre el vehículo podrá pedir una prórroga única por 10 días corridos. En el caso que el interesado requiera la extensión del plazo hasta la conclusión del trámite para la obtención de la documentación dominial faltante u otras causales de fuerza mayor, por una razón no imputable a él y lo acredite, será la Autoridad de Aplicación quien determinará los requisitos y condiciones para su otorgamiento».

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