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Se sancionó una ley para incentivar las inversiones hoteleras
En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, y con el manifiesto propósito de incentivar las inversiones, generar nuevos puestos de trabajo y reactivar la actividad económica, el Parlamento Porteño sancionó hoy una ley que incrementa beneficios y amplía plazos de obras para quienes proyecten construir o remodelar hoteles en la Ciudad de Buenos Aires. La norma fue aprobada con 34 votos positivos del bloque oficialista, 5 abstenciones de Evolución y 9 votos negativos de las bancadas peronistas y de la izquierda.
Lo aprobado en la sesión ordinaria de este jueves fue un proyecto de los diputados Christian Bauab y Paula Villalba (VJ) que modifica la ley CABA N° 6.038, Régimen de Promoción para el Sector Hotelero. El tema llegó al recinto de sesiones con despacho conjunto de tres comisiones parlamentarias: Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria; Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo, y Deportes y Turismo. En la elaboración del texto intervino también el Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno Porteño.
La nueva ley iguala las promociones del sector hotelero a lo previsto para la actividad de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas del sector, en lo que respecta a la construcción de nuevos hoteles y la remodelación y/o ampliación de los ya existentes. Además, los plazos para el desarrollo de las obras y la puesta en marcha de los nuevos establecimientos se amplían y serán de 5 años para la construcción de nuevos hoteles y de 3 años para las remodelaciones. Se triplican los plazos si los proyectos se presentan desde la publicación de esta ley hasta el 31 de diciembre de 2021.
Quienes levanten nuevas infraestructuras hoteleras podrán tener crédito fiscal por hasta el 35% del valor de la inversión en el Impuesto a los Ingresos Brutos que se apliquen sobre la explotación de la obra (antes el máximo era de 27,5%). El sistema de beneficios otorga mayores compensaciones fiscales si las inversiones se realizan en los barrios menos favorecidos o si se preservan patrimonios culturales o históricos de la Ciudad. También los porcentajes de varios ítems se duplican cuando los proyectos se presenten antes del 31 de diciembre de 2021.
«Estamos decididos a continuar promoviendo las inversiones en el sector hotelero, es por eso que trabajamos en conjunto con el presidente de la Comisión de Desarrollo Económico de la Legislatura porteña, Cristian Bauab, en un proyecto que amplía los beneficios para la construcción de nuevos hoteles», se manifestó desde el Ministerio de Economía de la Ciudad.
Puntos salientes de la ley:
– «Podrán ser beneficiarios las personas humanas, las personas jurídicas debidamente constituidas y los fideicomisos, que desarrollen la actividad hotelera dentro del ámbito de la Ciudad»
– Incluye: a) la construcción y equipamiento de nuevos establecimientos destinados a la explotación de alojamientos turísticos hoteleros y para-hoteleros; b) la remodelación, incluyendo la reforma, ampliación, mejora y equipamiento, de los establecimientos existentes.
– No podrán ser beneficiarios «quienes tuviesen deudas exigibles e impagas a favor del Gobierno de la Ciudad o del Gobierno Nacional».
– Los que construyan hoteles «podrán convertir en crédito fiscal hasta un máximo del 35% de la inversión efectivamente realizada, computable contra el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos generados por la explotación del establecimiento».
– No se computará como inversión la compra del terreno o inmueble donde se desarrollará el nuevo establecimiento.
– Los porcentajes de beneficios fiscales serán: 10% de la inversión efectiva; 5% adicional si se realiza en determinados barrios menos desarrollados; 2% si es en otros barrios; 10% más si el edificio nuevo o existente está en Área de Protección Histórica o catalogado como Edificio Protegido o Monumento Histórico Nacional; otro 10% en caso de que el inversor sea Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
– Desde la aprobación del proyecto y hasta el otorgamiento del crédito fiscal, se podrá diferir el pago de la tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y del Impuesto Inmobiliario.
– Una vez cumplido los requisitos y finalizadas las obras, al otorgarse el crédito fiscal también se exime al inversor del pago de las tasas e impuestos diferidos. En caso de incumplimiento, se pagarán los tributos con las sanciones que correspondan.
– No se aplicarán los beneficios si no se acredita el final de obra dentro de los 5 años desde que se aprobó el proyecto, para los casos de edificios nuevos, o de 3 años para remodelaciones. Otras causas que invalidan la promoción son la existencia de sustanciales diferencias entre lo aprobado y lo concretado; el incumplimiento de leyes laborales, de seguridad social o impositivas o el cambio de destino del establecimiento.
– Una «cláusula transitoria» estipula que «para aquellos proyectos presentados con posterioridad a la publicación de la presente Ley y hasta el 31 de diciembre del año 2021», si se refiere a construcción se duplican los porcentajes de crédito fiscal que se asigne por inversión (pasa de 10% a 20%), por nuevo establecimiento (de 5% a 10%) y por barrio (de 2% a 4% o de 5% pasa a 10%). La misma cláusula eleva de 5 a 15 años el plazo de final de obra.
Protección patrimonial a un inmueble
Por iniciativa del legislador Maximiliano Ferraro (VJ) se aprobó en primera lectura la catalogación con nivel de protección cautelar según el Título 9 «Protección Patrimonial e Identidad» del Código Urbanístico, al inmueble de calle Ombú 2994, en el barrio de Palermo – Comuna 14.
El proyecto deberá ahora ser tratado en Audiencia Pública y, después, se someterá a debate y una segunda votación para su sanción definitiva. Los fundamentos expuestos aluden a sus singulares características arquitectónica en el marco urbanístico del Ámbito Grand Bourg, del sector denominado Palermo Chico.