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3D Política Nota: Vídeo: Nuevas Leyes Revolucionarias de Vivienda Aprobadas por el Parlamento Porteño

También se aprobó dejar sin efecto el Impuesto de Sellos. Todos los detalles.

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó normas que promueven las locaciones de uso familiar. A partir de esta iniciativa, las viviendas que se ofrezcan en alquiler en la Ciudad de Buenos Aires, para uso residencial de las personas, quedarán exentas del pago de la tasa de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres años o la duración del contrato de arriendo (lo primero que ocurra), según dispuso una ley sancionada en la Legislatura. A su vez, es importante tener en cuenta que la promoción se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a cánones mensuales de locación inferiores a 220.000 pesos mensuales. Quedan excluidos de estos incentivos las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas.

A su vez, cabe destacar que esta ley surgió de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (VJ) y otros diputados de su bloque y de la UCR. El beneficio es para los contratos de alquiler que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023 y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos determinará los requisitos de inscripción. Asimismo, y mediante otra ley, también se estableció la eximición del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un máximo de tres unidades habitacionales y por un monto no superior a los 220.000 pesos mensuales cada una.

Vicepresidente primero de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, Emmanuel Ferrario.
Vicepresidente primero de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, Emmanuel Ferrario.

Al mismo tiempo, se aprobó la eximición del pago del 80% del derecho para Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que apliquen sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Se pagará solo el 20% de los metros cuadrados declarados, después de haberse obtenido el permiso de obra.

Se aprobó el denominado Régimen de Co-vivienda

En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el Parlamento Porteño sancionó el denominado Régimen de Co-vivienda destinado a personas que están en situación de vulnerabilidad y afectadas por el déficit habitacional. Se trató de una iniciativa de la diputada porteña, Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque, analizada en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda. El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda, que será la autoridad de aplicación, en representación de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios. Al mismo tiempo, la ley aprobada permite que las entidades civiles que se presenten a concurso podrán celebrar con el IV actos jurídicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administración y funcionamiento. Se tratará de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos. Se podrán utilizar para este régimen los inmuebles de dominio privado de la Ciudad de Buenos Aires y el IV y los de dominio privados de otros propietarios estatales, no estatales y personas jurídicas sin fines de lucro. A la vez, la co-vivienda podrá aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes. Los usuarios o moradores tendrán el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesión conjunta de unidades o partes comunes. Como compensación, contribuirán con trabajo, dinero o ambas cosas a la organización civil de la que forman parte.

Se aprobó dejar sin efecto el Impuesto de Sellos

En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos y por iniciativa de la Jefatura de Gobierno, se aprobó “dejar sin efecto el Impuesto de Sellos (…) respecto de las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22 de diciembre de 2022 hasta el día 9 de marzo de 2023”. (Desde esa fecha en adelante, dicho impuesto ya quedó exento por una ley anterior).

Quedó definida la denominación de una nueva calle y las nuevas nominaciones de tres estaciones de subte

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño y después de haber pasado por Audiencia Pública, quedó definida la denominación de una nueva calle y las nuevas nominaciones de tres estaciones de subterráneos. Se impuso la denominación Graciela González Gass (en homenaje a la ex legisladora local y diputada nacional del radicalismo) a la continuación de la calle Moreno, entre Alicia Moreau de Justo y Av Ing. Huergo.

A su vez, la estación Echeverría de la línea B de subte pasará a llamarse Echeverría – Mártires Palotinos, en recordación de los tres sacerdotes y dos seminaristas asesinados en la última dictadura militar. Asimismo, la estación Hospitales de la línea H pasará a llamarse Ringo Bonavena – Hospitales, para conmemorar al popular boxeador que vivía en el barrio Parque de los Patricios. Además, la  estación Independencia de la línea E se denominará Independencia – beata Mama Antula para honrar a la religiosa que fundó a fines del siglo XVIII la casa de ejercicios espirituales que aún existe cerca de esa parada de subtes.

Actualizan las disposiciones legales para los institutos destinados al alojamiento de personas mayores

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño y en el contexto de las disposiciones legales sobre el funcionamiento de institutos destinados al alojamiento de personas mayores, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la ley respectiva por iniciativa de la diputada Ana María Bou Pérez (VJ), tratada en la comisión de Salud. De esta forma se actualizó la normativa y se adecuó a las recomendaciones de buenas prácticas de organismos como la Organización Mundial de la Salud. A partir de esta normativa, se catalogan de la siguiente manera: residencias para mayores autoválidos; hogar de día para mayores autoválidos; residencias para mayores con dependencias; residencia para mayores con psiquiatría; hogar de día para mayores con psiquiatría; residencia para mayores con padecimientos crónicos y casas de residencia. A su vez, estos institutos deberán tener un director técnico, administrativo e institucional, al cual se le exige capacitación anual. Deberán tener, además, médico geriatra, psiquiatra, psicólogo, licenciados en terapias ocupacionales, recreativas, kinesiología, nutricionista, enfermero profesional, asistente de enfermería, asistente gerontológico y mucamo. Además, le nuevo régimen legal determina pautas sobre exámenes y controles de los mayores internados o residentes, evaluaciones multidimensionales, legajos, historias clínicas y las formas de inspección y control por parte del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. Por otro lado, a ley determina que los geriátricos y hogares de día deberán tener capacidad para al menos 6 personas, mientras que las Casas de Residencia, un máximo de 5 mayores convivientes.

Sancionaron nuevas disposiciones destinadas a simplificar trámites

En el marco de las funciones del Parlamento Porteño y por iniciativa de la Jefatura de Gobierno y con el previo tratamiento en comisiones legislativas, los diputados de la Ciudad de Buenos Aires sancionaron nuevas disposiciones destinadas a simplificar trámites y reducir la carga o el pago de varias gestiones administrativas. Por ejemplo, se fijo “sin cargo” la habilitación de locales comerciales, los exámenes y carnés de los cursos sobre manipulación de alimentos, 13 trámites referidos a taxis, remises y transportes escolares y otra variada cantidad de disposiciones inherentes al registro civil, los cementerios de la Ciudad de Buenos Aires, la protección ambiental, obras y gestión urbana.

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