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El Gobierno creará una red de ética y lucha contra la corrupción en la Administración Pública

En el marco de la gestión del Ejecutivo Nacional, el Gobierno creará una red de Enlaces de Integridad que se encargarán de implementar estrategias de capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción en las distintas jurisdicciones y entidades que conforman la Administración Pública Nacional.

Así lo establece el Decreto 650/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri y del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano.

La normativa puntualiza que dichos enlaces realizarán, en el ámbito de su competencia, el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la Oficina Anticorrupción, la cual será la encargada de coordinar su actividad.

Además, tendrán la función de promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la Oficina sobre su nivel de avance.

En los considerandos, se hace referencia al Plan Nacional Anticorrupción (2019-2023) promovido por el Gobierno, en el que se establecieron los objetivos prioritarios y los lineamientos estratégicos básicos para la elaboración de la Estrategia Anticorrupción.

Entre ellos se citan iniciativas innovadoras tales como propuestas de reformas normativas, implementación de buenas prácticas, mejora de la transparencia y la eficiencia de las contrataciones públicas y de las plataformas para asegurar el acceso de la ciudadanía a la información pública, entre otras.

También recuerda la recomendación del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) en el sentido de desarrollar “un sistema coherente y global en materia de integridad pública”.

El texto de la parte resolutiva del Decreto 650/2019 es el siguiente:

ARTÍCULO 1º.- Establécese que las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional contarán con un Enlace de Integridad en el Ejercicio de la Función Pública, el que tendrá las siguientes funciones:

  1. a) Implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando, en el ámbito de su competencia el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos por la Oficina Anticorrupción.
  2. b) Promover, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la Oficina Antiicorrupción sobre su nivel de avance.

ARTÍCULO 2º.- Las funciones de Enlace de Integridad en el Ejercicio de la Función Pública, en la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada serán ejercidas por las unidades responsables en materia de Integridad Pública, y cuando dichos organismos carecieren de esas unidades, dichos cometidos estarán a cargo de las unidades organizativas encargadas de la gestión y administración de recursos humanos de cada una de las Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, los que serán denominados “Enlaces de Integridad”.

La Oficina Anticorrupción coordinará la actividad de los Enlaces de Integridad, promoviendo su capacitación y actualización en las materias de su competencia.

ARTÍCULO 3°. – Invítase a los gobiernos Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adoptar medidas de similar tenor, a las previstas en el presente decreto, en sus respectivos ámbitos.

ARTÍCULO 4º. La presente medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI – Germán Carlos Garavano.

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