Ciudad De Buenos Aires - Política 3DPoder Legislativo – Politica3D.comÚltimas Noticias de Argentina y del Mundo - POLÍTICA 3D

Sesión Ordinaria en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires: Plan de concientización para impedir las picadas de autos

6095-6

El objetivo es prevenir los daños, disuadir de la práctica y promover el desarrollo de infraestructura que impida la realización de competencias de automóviles en la vía pública.

El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una ley que tiene por objeto concientizar a la población, prevenir los daños, disuadir de la práctica y promover el desarrollo de infraestructura que impida la realización de competencias de automóviles en la vía pública que carezcan de la debida autorización emanada de autoridad competente, conocidas popularmente como “picadas”.

El Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte será la autoridad de aplicación y el que confeccionará un registro de las denuncias que refieren a la organización y la práctica de picadas dentro del territorio porteño, utilizando como fuente los relevamientos propios los reclamos recibidos a través de Línea 147 y la información suministrada por las fuerzas de seguridad dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A partir de los datos del registro confeccionará un mapa para identificar las zonas consideradas críticas y elaborar un plan de infraestructura dirigido a incorporar en su marco barreras que obstaculicen la realización de picadas. Dicho plan incluye, entre otras acciones que se consideren pertinentes, la construcción de reductores de velocidad adecuados a las características del entramado urbano, la instalación de semáforos en esquinas estratégicas, la colocación de la correspondiente señalética y la mejora general del espacio público circundante.

Con foco en esas mismas zonas, la autoridad de aplicación procederá a la colocación de carteles en la vía pública, implementará campañas de difusión y organizará jornadas de reflexión en las escuelas, espacios verdes y otros ámbitos de relevancia colectiva, con el fin de fomentar la denuncia de las picadas que se realicen, desalentar su organización y alertar a la población sobre los riesgos individuales y sociales de su práctica.

«Ante esta problemática que es grave, la Ciudad tiene que ir más allá de la criminalización y adoptar medidas positivas que busquen desalentar y obstaculizar físicamente la realización de picadas para llegar alguna vez a lograr su erradicación», expresan los fundamentos del proyecto de ley presentado por los diputados Roy Cortina y Hernán Arce (PS) aprobado sobre texto consensuado con 54 votos positivos y la abstención del diputado Fernando Vilardo (AyL).

 

Piden intensificar la enseñanza del folklore en escuelas porteñas

«La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vería con agrado que se intensifique la enseñanza del Folklore y de Nuestras Tradiciones en todas escuelas porteñas, contemplando los siguientes aspectos: Antropología; Arqueología; Enseñanza Artística; Museología; Bibliotecología y demás actividades de recolección; Música; Literatura; Costumbres y tradiciones populares; Mitología; Gastronomía, y otras expresiones que caracterizan el Acervo Cultural Argentino» expresa una declaración aprobada este jueves.

La diputada autora del proyecto, María Rosa Muiños (BP), argumentó que «la cultura es un componente estratégico central para una política de inclusión y cohesión social. Es importante la revalorización de la propia identidad cultural, sustentándose en la porteña, nacional y latinoamericana, con apertura a los procesos regionales de integración y a los demás pueblos del mundo». Al recinto llegó un dictamen favorable de la Comisión de Planeamiento Urbano.

 

Autorizan desafectar inmueble de la Auditoría

Se aprobó la desafectación del dominio de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires del inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre 1247/49/51/55 del barrio de Monserrat y se autorizó a la Auditoria a proceder a la disposición de dicho edificio. Los recursos provenientes del mismo serán afectados a la adquisición de un edificio destinado al funcionamiento del organismo. El proyecto fue aprobado con 50 votos positivos, dos negativos de los diputados Marcelo Ramal (FIT) y Laura Marrone (FI), y una abstención de Fernando Vilardo (AyL).

 

Cambiador de bebés

Se aprobó en primera lectura la incorporación al artículo 4.8.2.3., “Servicios mínimos de salubridad en locales o edificios públicos, comerciales o industriales”, Sección 4 “Del Proyecto de las Obras” del Código de Edificación, el siguiente inciso: i. Los locales, comercios y edificios públicos destinados al público familiar deberán contar con un (1) cambiador de bebés en el baño de mujeres y uno (1) el baño de hombres, o alternativamente, un (1) cambiador con acceso a padres y tutores de cualquier sexo en un área adecuada para este fin.

Por otro lado, la Cláusula Transitoria expresa que «los establecimientos que se encuentren habilitados con anterioridad a la fecha de la promulgación de la presente Ley, deberán adecuarse a esta norma en un plazo de doce (12) meses. El titular o responsable de un local, que vencido dicho término no hubiera dado cumplimiento a esta normativa, será sancionado con multas de 10.000 a 50.000 UF y/o clausura del local o comercio de 30 a 180 días».

«A considerar por la disposición del equipamiento de los baños públicos en comercios y restaurantes de nuestra Ciudad, pareciera que el cambio de pañales es exclusiva tarea femenina. Se pretende ampliar los derechos de todas las familias independientemente de su conformación y circunstancias, protegiendo al bebé y/o niño como sujeto de derechos para que pueda disponer de un cambiador para su uso, equiparando su condición a los servicios de salubridad comunes o especiales destinados a discapacitados y personas en situaciones discapacitantes», sostuvo el diputado Hernán Rossi (SUMA+) en los fundamentos del proyecto aprobado con 55 votos positivos que deberá ser tratado en Audiencia Pública.

 

Nomenclatura a escuela de Villa Crespo

Por iniciativa de los legisladores Pablo Ferreyra y Lorena Pokoik (FpV) se impuso el nombre de «Osvaldo Pugliese» a la Escuela de Educación E.E.M. Nº 3 -D.E. Nº 7, sita en la calle Padilla 1051 de Villa Crespo.

La comunidad educativa inició un proceso para la selección del nombre a la escuela donde participaron estudiantes, personal docente, egresados, familiares de los mismos y la comunidad barrial. Osvaldo Pugliese es considerado uno de los más creativos exponentes del tango, militante comprometido con la causa de los trabajadores culturales y el trabajo cooperativo.

Tags

Noticias relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Adblock Detected

Please consider supporting us by disabling your ad blocker