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Quiénes deben tramitar la reimpresión de la licencia de conducir

El Gobierno Porteño informó que el trámite podrá iniciarse a partir de los treinta días anteriores a la fecha de vencimiento.

En el marco de la gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, el Ejecutivo Porteño informó sobre quiénes deben tramitar la reimpresión de la licencia de conducir. En este contexto, y de acuerdo a lo establecido por el DNU 11/21 del Gobierno de la Ciudad, las licencias de conducir emitidas con anterioridad al 17 de marzo 2020, que vencen entre el 1 de enero de 2022 y el 14 de febrero de 2025 deberán ser reimpresas y contarán con 2 años de prórroga a contar desde la fecha de vencimiento original.

Asimismo, desde el Ejecutivo Porteño aclararon que para los titulares de las licencias emitidas con anterioridad al 17 de marzo de 2020, con vencimiento entre el 15 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021 el trámite de reimpresión es opcional. Así lo dispuso el DNU 1 /21 GCBA que habilitó la prórroga para este período en forma automática con el objetivo de facilitar el trámite a quienes debían viajar al extranjero en el momento más álgido de la pandemia.

Cómo es el trámite para la reimpresión de la licencia de conducir

Desde el Gobierno de la Ciudad de Buenos informaron que el trámite podrá iniciarse a partir de los treinta días anteriores a la fecha de su vencimiento. La solicitud no se encontrará habilitada antes de dicho plazo para facilitar el acceso a quienes tengan que contar con su licencia. La reimpresión de la licencia se realiza de manera online desde la página www.buenosaires.gob.ar sin necesidad de acudir a una oficina de manera presencial.

En la misma página el titular de la licencia debe precisar un domicilio para la entrega de la nueva licencia. El mismo debe estar sí o sí dentro de la Ciudad de Buenos Aires. Opcionalmente se podrá autorizar a un tercero a recibir la licencia, para lo cual será necesario informar el número de Documento Nacional de Identidad de la persona que lo recibe.

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