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Ciudad de Buenos Aires: Exenciones impositivas para Salones de Fiestas y Actividades Culturales

En el marco de las funciones de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el Parlamento Porteño aprobó una norma en base a proyectos de VJ y FdT que establece que las actividades en gimnasios, natatorios y afines quedan libradas de la obligación de pagar los anticipos de Impuestos a los Ingresos Brutos correspondiente a los meses de junio y julio de 2021. Las tres leyes fiscales obtuvieron la unanimidad de 52 votos positivos y se abstuvieron de votar 4 legisladores de izquierda.

Se trata de los rubros que figuran como “Servicios de Acondicionamiento Físico” y “Explotación de actividades deportivas” (códigos 931050 y 931020 en el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación). También regirá esta excepción para los guías de turismo que estén debidamente registrados.

Gimnasios y similares también gozarán de la liberación del pago de las cuotas de junio y julio de Impuesto Inmobiliario y tasa de ABL. Quienes ya hayan abonado los anticipos de IIBB o hayan efectuado el pago anual de II y ABL, serán compensados con un crédito fiscal equivalente.

A su vez, se mantiene para todos los casos la obligación de presentar las declaraciones juradas y demás formalidades establecidas.

En relación a estos proyectos, el Vicepresidente de la Legislatura Porteña, Agustín Forchieri (VJ), aseveró: «En este contexto desfavorable resulta muy importante que desde el Estado se escuche y acompañe con políticas concretas de incentivo mientras se avanza en la vacunación. Cabe destacar que con la aprobación de estos proyectos llevamos hasta ahora once medidas de apoyo a los sectores que más esfuerzo hicieron para sostener la actividad y el empleo», afirmó Agustín Forchieri, y agregó: “Estimativamente, esta ayuda llegará a 950 gimnasios, 100 salones de fiesta, 650 inmuebles del sector cultural, 1.700 contribuyentes en total».

Exención de pagos impositivos para Salones de Fiestas, Convenciones y Eventos

El tercer grupo de actividades abarcado por las normas paliativas que votó la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires es el de salones de fiestas, convenciones y eventos. Los promotores de tal iniciativa fueron los Diputados Martín Ocampo (UCR) y Diego García Vilas (VJ).

No tendrán obligación de pagar Inmobiliario y ABL de junio, julio y agosto y rigen similares requisitos y disposiciones que en los demás casos.

Paliativos fiscales para el sector de las Actividades Culturales

Otro sector comprendido en los paliativos fiscales es el de las actividades culturales, mediante una ley propiciada por el diputado Roy Cortina (PS). Incluye a cines, teatros, locales bailable clase C, centros culturales y academias de danzas.

En este caso, el beneficio es la exención de Inmobiliario y ABL correspondientes a junio, julio y agosto de 2021. Al efecto, deberán estar habilitados o autorizados para los rubros pertinentes o estar inscriptos en IIBB en los casos que correspondiere. También se otorgará crédito fiscal equivalente para los supuestos de pago anual ya realizados.

Recordatorio del Policía Inspector Juan Pablo Roldán

Por iniciativa de la Comuna 14 y con el respaldo de los Legisladores de la Ciudad de Buenos Aires, se dispuso la colocación de una placa en la esquina de Figueroa Alcorta 3300 en homenaje al desempeño y su posterior deceso del inspector Juan Pablo Roldán, de la Policía Federal Argentina, asesinado en cumplimiento del deber el día 28 de Septiembre de 2020.

La placa dirá: “Al Inspector Juan Pablo Roldán, en agradecimiento por su labor en pos de nuestra seguridad”.

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