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El Gobierno publicó el decreto con los nuevos montos para las Asignaciones por Hijo y Embarazo
En el contexto de la gestión del Ejecutivo Nacional, el Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto por el cual aplica un 46 por ciento de incremento en los montos de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Los nuevos haberes, que serán liquidados a partir de marzo de 2019, contienen la movilidad prevista en la Resolución de la ANSeS Nº 75, del 28 de febrero último, y las que resulten acumuladas durante el Ejercicio del corriente año.
El Decreto 186/2019 lleva las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y la ministro de Salud y Acción Social, Carolina Stanley.
El Jefe del Estado hizo el anuncio del incremento el 1 de marzo, al exponer ante la Asamblea Legislativa el mensaje de apertura del 137° periodo de sesiones ordinarias.
Entre los considerandos, el decreto destaca que “uno de los objetivos principales de las políticas impulsadas por el Estado Nacional es reducir los niveles de pobreza”.
Subraya que “en atención a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las familias beneficiarias” resulta “necesario adoptar medidas tendientes a garantizar el ejercicio y disfrute de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los Tratados Internacionales en los que la Nación sea parte”.
En este contexto, la normativa remarca que “se torna necesario adoptar medidas eficientes para mejorar la situación socio-económica en la que se encuentran los beneficiarios” de ambas asignaciones.
Hace hincapié, además, en “los menores, los menores con discapacidad y las mujeres en estado de embarazo destinatarios de las mismas”.
Este es el texto resolutivo del decreto:
ARTÍCULO 1°.- Aplícase un CUARENTA Y SEIS POR CIENTO (46%) en el monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social, que será liquidado a partir del mes de marzo de 2019, el cual contiene la movilidad prevista en la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 75, de fecha 28 de febrero de 2019, y las que resulten acumuladas durante el Ejercicio del año 2019.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, a implementar los mecanismos de adecuación necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 1° del presente, y a dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes.