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El Ministerio de Seguridad de la Nación aprobó el Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego

En el marco de la gestión del Ministerio de Seguridad de la Nación, y a través de la Resolución 956/2018, se aprobó el Reglamento General para el Empleo de Armas de Fuego por parte de las Fuerzas Federales de Seguridad basado en el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de las Naciones Unidas.

El nuevo reglamento establece que los miembros de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval y la Policía de Seguridad Aeroportuaria van a poder obrar de acuerdo a la normativa internacional vigente en países como Uruguay, Chile, México, Paraguay y Estados Unidos.

Los integrantes de las fuerzas federales podrán emplear las armas de fuego en casos de defensa propia o de terceros ante un peligro inminente de muerte o de lesiones graves, para impedir la comisión de un delito particularmente grave con peligro para la vida o integridad física de las personas y para proceder a la detención o impedir la fuga de aquellas personas que hayan cometido un delito.

La nueva normativa establece pautas objetivas para obrar frente a un delito en el que exista un peligro inminente contra la vida o integridad física de las personas, previendo los casos en los que exista pluralidad de agresores y alguno de ellos posea un arma, o se presuma verosímilmente sobre la existencia de armas de fuego; ante agresiones potencialmente mortales aún sin armas de fuego, o cuando ya se haya matado, intentado matar o se hayan producido lesiones graves a una víctima, entre otras situaciones.

Es importante destacar que el nuevo reglamento no modifica el empleo de armas ante manifestaciones o protestas públicas, ya que continúa vigente la normativa que establece el uso de armas no letales para estos casos.

Las condiciones previas a la reglamentación de esta nueva normativa les impedían a los miembros de las fuerzas federales utilizar sus armas para defenderse o defender a la gente. Asimismo, los efectivos tampoco podían utilizarlas para detener a los delincuentes o impedir su fuga, incluso aunque hayan matado o intentado matar a una persona. Lo mismo sucedía en los casos en los que se intentaba impedir la comisión de un delito grave que atentara contra la vida o la integridad física de terceros o de ellos mismos, ya que los efectivos debían esperar a que el agresor disparara y, solamente después de eso, podían repeler las hostilidades a modo disuasivo. Incluso, ante la duda, debían “hacer memoria” y recordar cómo estaban vestidos los agresores o si llevaban tatuajes que posteriormente les permitiera identificarlos en algún momento.

El nuevo reglamento establece las condiciones en las cuales un miembro de las fuerzas federales de seguridad actúa en cumplimiento de un deber y unifica por primera vez las normativas para el uso de armas de fuego. Las fuerzas federales adecuarán sus reglamentaciones internas a las nuevas disposiciones.

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