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Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires: Se aprobó una ley por la cual se derogan los registros de varias actividades por considerarlo una burocracia innecesaria

En el marco de las funciones que desarrolla la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, el Parlamento Porteño aprobó una ley por la cual se derogan los registros de varias actividades por considerarlo una burocracia innecesaria y a la vez se unifican oficinas registrales en dos grandes materias: la de vehículos especiales y la de distritos económicos. La norma se aprobó con 38 votos de Vamos Juntos y Evolución.

Para reducir burocracia innecesaria se eliminan registros por rubros y se crean dos grandes grupos de empadronamiento: el de vehículos especiales y el de distritos económicos. Disponen medidas de accesibilidad a las estaciones subterráneas.

El nuevo Registro Único de Vehículos Especiales comprenderá a los micro ómnibus dedicados al transporte de escolares, sus conductores y acompañantes y a los «servicios de transporte de pasajeros de oferta libre para recreación y excursión en vehículos de fantasía».

Por su parte, en el Registro Único de Distritos Económicos quedan comprendidas las empresas de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TIC); las de Diseño, las del Distrito de las Artes, las de Audiovisuales y las de Productos e Industria del Deporte.

La norma elimina la existencia de registros creados por ordenanzas o leyes, tales como los de bares, de empresas de limpieza y desinfección de tanques de agua, de limpieza a seco en tintorerías, de habilitación de vehículos gastronómicos, de licenciatarias de TV por cable y servicios complementarios.

«Corresponde destacar que muchos de los mencionados registros revisten un carácter meramente declarativo, compelen a los administrados a realizar tareas que la Administración puede llevar a cabo por sí u obtener por otros medios o entidades públicas y privadas nacionales o provinciales. La eliminación de registros de ningún modo implica renunciar al control estricto de las actividades o personas hoy inscriptas», se aclaró en los considerandos del despacho conjunto de las comisiones de Desarrollo Económico y de Presupuesto, donde fue analizado el proyecto original de la Jefatura de Gobierno de la CABA.

Precisamente, una cláusula transitoria de la norma aprobada este jueves señala que «hasta tanto se designe la autoridad de aplicación del Registro Único de Distritos Económicos, continuarán en funciones las autoridades designadas en cada uno de los Registros» actualmente existentes.

Boletas separadas de ABL e Inmobiliario

Durante la sesión ordinaria celebrada en la Legislatura Porteña se aprobó la creación en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires de un registro en el cual los responsables de los tributos que recaen sobre los inmuebles radicados en la CABA podrán inscribirse a los fines de solicitar la emisión de boletas de pago separadas, que serán remitidas en formato digital con el correspondiente código de pago.

Tanto en las boletas de Impuesto Inmobiliario como en la de Tasa Retributiva deberá transcribirse el art. 1209 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece cual es la obligación de los inquilinos y propietarios: «Pagar cargas y contribuciones por la actividad. El locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada. No tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa, excepto pacto en contrario».

El Poder Ejecutivo arbitrará los medios necesarios para realizar las campañas de concientización sobre los derechos y obligaciones de los inquilinos y propietarios, en lo que respecta a pago de impuestos y servicios, de acuerdo a lo estipulado en el art. 1209 del Código Civil y Comercial de la Nación. La legisladora Patricia Vischi (Ev) es autora de la iniciativa.

Accesibilidad a los subtes

Por iniciativa de legisladores oficialistas, se sancionó una ley que dispone «los criterios de adaptabilidad y practicabilidad al derecho de accesibilidad a la red de subterráneos para personas con discapacidad o movilidad reducida», como explicó el despacho conjunto de las comisiones de Políticas de Promoción e Integración Social, Obras y Servicio Públicos y Tránsito y Transporte.

«Se debe garantizar la accesibilidad de personas con movilidad reducida a todas las estaciones de subterráneos», ordena la ley , que excluye de esa obligación para «las estaciones en las que, por la complejidad de diseño, no sea posible encarar facilidades arquitectónicas».

«En las obras que se realicen, a los fines del dar cumplimiento a lo establecido en el presente, deberán priorizarse las cuestiones relativas a la seguridad pública, evacuación de emergencia y la circulación en operación», es otra de las consignas.

Además, «el Poder Ejecutivo deberá realizar un relevamiento de todas las estaciones y conexiones y tendrá un plazo de 360 días para presentar el resultado de ese estudio y «un plan que garantice, en un plazo de hasta 20 años, la accesibilidad para las personas con discapacidad o movilidad reducida a la red de subterráneos y la circulación en los andenes y recorrido peatonal de dicho servicio público».

Cabe destacar que la ley se sancionó con 34 votos afirmativos del bloque oficialista y 17 negativos de la oposición.

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